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Países del ATIT acuerdan agilizar protocolos adicionales para impulsar la modernización del Acuerdo
Los siete países signatarios del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT) aprobaron por consenso el “Procedimiento de aprobación del texto negociado y su suscripción, y modelos de cláusula de entrada en vigor de los protocolos adicionales al ATIT”, en el marco de la XXVII Reunión de la Comisión del Artículo 16, celebrada en formato virtual el 26 de febrero de 2026.
El ATIT, suscrito el 1° de enero de 1990 por Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay, constituye el principal instrumento jurídico que regula la prestación del servicio de transporte internacional terrestre por carretera (carga y pasajeros) y el transporte ferroviario entre estos países, en el ámbito de la ALADI.
Este Acuerdo es uno de los ejemplos más relevantes de los Acuerdos de Alcance Parcial celebrados al amparo del artículo 14 del Tratado de Montevideo 1980, lo que permite que un grupo de países avance en áreas estratégicas cuando existe interés común.
La Comisión del Artículo 16 —instancia encargada de la evaluación permanente del Acuerdo y de proponer modificaciones a las autoridades competentes— aprobó el nuevo procedimiento tras un intenso trabajo técnico desarrollado durante meses en el ámbito de la Subcomisión de Trabajo para la Evaluación del ATIT.
XXVII Reunión de la Comisión del Artículo 16
La apertura de la reunión estuvo a cargo del Subsecretario de Desarrollo del Espacio de Libre Comercio de la ALADI, Christian Leroux, quien destacó la importancia de fortalecer la eficiencia del procedimiento vigente, otorgándole mayor dinamismo y rapidez para favorecer una implementación más ágil y efectiva de los instrumentos acordados en el ámbito del ATIT.
Durante la sesión, la Presidencia fue ejercida por el Delegado de Chile, Pablo Ortiz, electo por consenso de las delegaciones.
El texto aprobado establece plazos claros para la aprobación, el procedimiento de suscripción de los proyectos de protocolos adicionales y la formulación de observaciones por parte de los países, lo que permitirá dotar al proceso de mayor celeridad, dinamismo y seguridad jurídica.
Asimismo, se acordaron tres modelos de cláusula de entrada en vigor (bilateral, acumulativa y simultánea), que podrán utilizarse en futuros protocolos adicionales, contribuyendo a agilizar su implementación.
Durante la reunión, se destacó el rol de la Secretaría General de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) por su apoyo permanente en la organización de las instancias de negociación y en el seguimiento técnico de los trabajos.
Esta decisión representa un paso relevante en el proceso de modernización del ATIT, al fortalecer su capacidad de adaptación a las nuevas necesidades del comercio y del transporte regional. El consenso alcanzado refleja la voluntad común de los países de fortalecer y modernizar el ATIT como herramienta estratégica al servicio de la integración y el desarrollo regional.
Con estas definiciones, los países miembros reafirman el carácter del transporte internacional terrestre como un servicio de interés público esencial, consolidando al ATIT como un instrumento dinámico y estratégico orientado a fortalecer la conectividad, facilitar el comercio y profundizar la integración económica entre los países signatarios.
- Más información: https://www.aladi.org/infraestructura-y-logistica/transporte/
- Imágenes de la XXVII Reunión de la Comisión del Artículo 16: https://flic.kr/s/aHBqjCLKz2