Normativa de Bancos Centrales

Reglamentaciones internas vigentes en cada país


Argentina

La Secretaría General presenta la normativa interna que aplican los bancos centrales miembros del Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos para su operación y a las que deben ajustarse los bancos o entidades financieras que operan en carácter de Instituciones Financieras Autorizadas.

Su objetivo es proporcionar a los miembros, de manera actualizada, una información ordenada y simplificada de las diferentes reglamentaciones nacionales.

Las normas generales vigentes para la operación del Sistema de Pagos están contenidas en el propio Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de la ALADI, en su Reglamento y en las Resoluciones que dicta el Consejo para Asuntos Financieros y Monetarios. 

Sin embargo, debe tenerse en cuenta que el Convenio de Pagos contempla la posibilidad de que los bancos centrales regulen, en sus países, los alcances de la operativa interna de los pagos cursables. Esto significa que dichas entidades, en uso de tal facultad y ajustándose a las normas básicas del Convenio, estén habilitadas para regular tanto las operaciones canalizables, como los instrumentos utilizables en cada país para cursar pagos por el Sistema, de acuerdo a sus requerimientos o necesidades internas. 

Como consecuencia de lo anterior, la utilización y operación del citado Convenio, si bien se rige básicamente por normas uniformes, tiene diferentes alcances dependiendo de la reglamentación que disponga, en su ámbito nacional, cada uno de los bancos centrales miembros.

Nota: Las reglamentaciones internas de cada banco central están actualizadas de acuerdo a lo informado por cada miembro. No obstante ello, se recomienda dirigirse a los sitios Web de los bancos centrales con el propósito de acceder a aquellas dictadas posteriormente.