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ALADI > Acuerdos Actuales


AAP.A14TM 5 - Hidrovía Paraguay-Paraná - Reglamento 9



Síntesis


Adopción de requisitos exigibles comunes para la matriculación de embarcaciones, inscripción de contratos de utilización e intercambio de información sobre matriculación de embarcaciones, altas, bajas y modificaciones


Fecha de suscripción


2 - Febrero - 2000


Fecha de depósito





Cláusulas de vigencia


Artículo 2°.- Los Gobiernos de los Países Miembros procederán a la incorporación del Reglamento mencionado a sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales en ejercicio de la competencia reglamentaria que surge del Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra y de sus Protocolos Adicionales, de conformidad con sus procedimientos internos.
(Nota de Secretaría General: No contempla disposición específica relativa a su entrada en vigor)



Disposiciones de internalización


ARGENTINA: No se cuenta con información.
BOLIVIA: Nota SG/19/00 de 14/02/2000-Decreto Supremo N° 25.653 de 18/01/2000 (CR/di 1055)
BRASIL: Nota N° 110 de 28/07/2000-Decreto N° 3.430 de 20/04/2000, Diario Oficial de 24/04/2000 (CR/di 1255)
PARAGUAY: Nota RP/ALADI-MERCOSUR/4/N° 43/15 de 21/09/2015 - Decreto N° 2611 (CR/di 4184)
URUGUAY: Nota N° 305/16 de 12/09/2016-Decreto N° 281/2000 de 19/09/2000 (CR/di 4349).



Entrada en vigor


No se cuenta con información.



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