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Disposiciones de Internalización, Sumarios y Textos Actuales
Acuerdos de Alcance Parcial - Art.14 del TM80
AAP.A14TM4
Acuerdo



Síntesis:
Acciones para promover Sudamérica como destino turístico.


Fecha de suscripción
30 - Agosto - 1990


Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Decreto N° 415 de 18/03/1991 (CR/di 274)
BOLIVIA: Decreto Supremo N° 23.450 de 26/03/1993
BRASIL: Decreto N° 118 de 15/06/1991 (SEC/di 428)
CHILE: Decreto N° 829 de 13/07/1992 (CR/di 284.2)
COLOMBIA: No se cuenta con información
ECUADOR: No se cuenta con información
PARAGUAY: No se cuenta con información
PERÚ: Resolución Suprema N° 0422-RE de 05/11/1991 (CR/di 284.1 y SEC/di 428.1)
URUGUAY: Decreto N° 330 de 25/06/1991 (CR/di 284)
VENEZUELA: Nota N° A-135 de 16/06/1998-Nº 069 Gaceta Oficial Nº 36.445 de 04/05/1998 (CR/di 802)


Entrada en vigor
ARGENTINA: 18/03/1991 (CR/di 274)
BOLIVIA: 26/03/1993
BRASIL: 15/06/1991 (SEC/di 428)
CHILE: 13/07/1992 (CR/di 284.2)
PERÚ: 05/11/1991 (CR/di 284.1 y SEC/di 428.1)
URUGUAY: 25/06/1991 (CR/di 284)
VENEZUELA: 04/05/1998 (CR/di 802)


Cláusulas de vigencia ..
Capítulo V.- Vigencia y duración.
Artículo 14.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir del 30 de noviembre de 1990 para los países que lo hayan puesto en vigor administrativamente en sus respectivos territorios. Para los demás países, entrará en vigencia a partir de la fecha en la cual lo pongan en vigor administrativo en sus territorios, y tendrá una duración de cuatro años, prorrogables automáticamente por períodos iguales.