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ALADI > Acuerdos Actuales > Acuerdos de Alcance Parcial Complementación Económica

AAP.CE14
38. Trigésimo Octavo Protocolo Adicional


Síntesis:
Deja sin efecto las disposiciones incluidas en el Trigésimo Quinto Protocolo Adicional, y sus complementarios, Trigésimo Sexto y Trigésimo Séptimo Protocolos Adicionales y las sustituye por las que figuran en el Presente Protocolo.
Incorpora al Acuerdo el “Acuerdo sobre la Política Automotriz Común entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil”


Fecha de suscripción
23 - Junio - 2008

Fecha de depósito


Cláusulas de vigencia
Artículo 3° - El presente Protocolo rige desde el 1° de julio de 2008 y tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2014.
Artículo 4° - El presente Protocolo Adicional entrará en vigor en forma simultánea en la fecha en que las Partes notifiquen a la Secretaría General de la ALADI la conclusión de las formalidades jurídicas necesarias en cada una de ellas para su aplicación.


Disposiciones de internalización
ARGENTINA: Nota - S.G. Nº 96/08 de 03/07/2008 - Decreto Nº 415/91 (CR/di 2719)
BRASIL: Nota Nº 136 de 03/07/2008 - Decreto Nº 6.500 de 02/07/2008 publicado en el Diário Oficial da União Nº 126 de 03/07/2008 (CR/di 2720).


Entrada en vigor
1/07/2008





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