...PRENSA


El Comité de Representantes recibe al Embajador Daniel Filmus, Secretario de Asuntos Relativos a las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina.
Delegado de la Representación de Uruguay, Enrique Loedel
07/23/2015

Muchas gracias, señor Presidente del Comité, señores Representantes Permanentes, señor Secretario General. Uruguay ha mantenido de manera invariable su posición de principio respecto de su apoyo al legítimo derecho de soberanía de la República Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes. Esta posición se asume y se defiende en el convencimiento de la justicia histórica, jurídica y geográfica del reclamo argentino.

Si bien Uruguay es un fiel defensor del principio de la libre determinación de los pueblos, consideramos que tal principio no es aplicable en este caso ya que para Uruguay la Cuestión de las Islas Malvinas está directamente relacionada con la integridad territorial de un Estado, en este caso el de la República Argentina.

Asimismo, nuestro país, que ha apoyado la Resolución 2065 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, ha alentado históricamente la reanudación de negociaciones entre el gobierno de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña y de Irlanda del Norte con el objetivo de que se alcance una solución pacífica, justa y definitiva a esta disputa de soberanía. Esta posición nacional, conocida dentro y fuera de fronteras, ha sido recogida he incorporada en sucesivas declaraciones, en mecanismos subregionales, regionales y globales de los que Uruguay ha sido o es parte.

No obstante, a efectos de ilustrar la consistencia de la posición uruguaya y teniendo en cuenta la conmemoración del cincuentenario del año en que se adoptó esta primera resolución sobre el tema, creemos oportuno evocar las expresiones del Representante Permanente de Uruguay ante las Naciones Unidas, Embajador Carlos María Velázquez, que aun antes de la existencia de la Resolución 2065 y siendo uno de los primeros defensores de la legitimidad de los derechos argentinos, señaló en 1964 en el Comité de Descolonización que «aquellos países que por razón de su pequeñez o su debilidad han sido despojados, casi siempre por la fuerza, de porciones de sus territorios nacionales, para quienes la aplicación estricta del principio de libre determinación que pondría el destino de esos territorios en posesión de un limitado grupo de colonos instalados por la potencia conquistadora, equivaldría a la legalización de una situación de fuerza que, como hemos observado, ha constituido durante siglos un ilícito internacional. Este enfoque sigue siendo correcto y pertinente en el caso que examinamos si se tiene en cuenta el hecho de que las Islas Malvinas fueron deshabitadas, sin población autóctona, y que la población ahora existente ha provenido en su casi totalidad de la metrópoli colonial e incluso sujeta a fluctuación periódica según las estaciones del año». Fin de la cita.