ALADI. Biblioteca y Publicaciones
Inicio -> Biblioteca y Publicaciones -> Publicaciones -> Cuadernos ALADI

Los Mecanismos del Tratado de Montevideo 1980 - Cuaderno Nº 8

Tratadio de MontevideoÄrea de Preferencias Económicas
ObjetivosPreferencia Arancelaria Regional (PAR)
PrincipiosAcuerdo de Alcance Regional
Funciones básicasAcuerdo de Alcance Parcial
Acuerdos Vigentes

Introducción

El Tratado de Montevideo 1980, cuyo objetivo final es el establecimiento en forma gradual y progresiva de un mercado común latinoamericano, ha establecido diversos mecanismos a través de los cuales se canaliza la acción integradora de los países miembros.

La negociación, evolución y profundización de los mecanismos ha sido desarrollada, en términos generales, con relativo éxito, conformando una integración formal que ha avanzado en forma constante durante los últimos 25 años y ha dejado sus rastros en el sistema de preferencias de la ALADI. Como resultado de las negociaciones durante estos años los países miembros disponen en el marco del Tratado de Montevideo de un conjunto de más de 100 acuerdos vigentes.

Esa integración formal ha permitido la formación de bloques subregionales, plurilaterales o bilaterales con distinto alcance, lo que ha provocado que las relaciones comerciales entre los países miembros de la ALADI estén vinculadas o reguladas por acuerdos de diferentes características y alcance. En ese sentido este Cuaderno fue concebido con el propósito de mostrar, de manera simple y resumida, las principales características de esos mecanismos de negociación y presentar un listado con los distintos acuerdos vigentes.

El temario fue desarrollado en tres partes, la primera consiste en breves referencias al Tratado de Montevideo 1980: qué es, cuáles son sus objetivos y sus principios básicos, cuáles son las funciones básicas de la ALADI. En la segunda parte se describe el área de preferencias económicas concebida para el desarrollo de los mecanismos del Tratado y por último, un listado resume cuáles son los acuerdos de alcance parcial vigentes al 31 de mayo de 2005.

¿Qué es el Tratado de Montevideo 1980?

Es el Tratado suscrito el 12 de agosto de 1980, en Montevideo, por los representantes de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela, por el cual se instituyó la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), sucesora de la ALALC creada a principios de 1960. Posteriormente, Cuba adhirió al Tratado, en 1999, convirtiéndose en el 12º país miembro de la Asociación.

¿Cuáles son los objetivos del Tratado?

El Tratado establece un objetivo inmediato, que es la continuación del proceso de integración encaminado a promover el desarrollo económico social, armónico y equilibrado de la región, y un objetivo final, a largo plazo, que es el establecimiento, en forma gradual y progresiva, de un mercado común latinoamericano. En la aplicación del Tratado y en la evolución hacia su objetivo final, los países miembros tomarán en cuenta estos principios: pluralismo, convergencia, flexibilidad, tratamientos diferenciales y multiplicidad.

¿Qué significado tienen los principios del TM80?

Los principios establecidos en el artículo 3º del Tratado, tienen los siguientes significados:

· Pluralismo - la voluntad de los países miembros para su integración, por encima de la diversidad política y económica que pudiera existir en la región.

· Convergencia – la multilateralización progresiva de los acuerdos de alcance parcial, mediante negociaciones periódicas entre los países miembros, en función del establecimiento del mercado común latinoamericano.

· Flexibilidad - la capacidad para permitir la concertación de acuerdos de alcance parcial, regulada en forma compatible con la consecución progresiva de su convergencia y el fortalecimiento de los vínculos de integración.

· Tratamientos diferenciales - establecidos en cada caso, sobre la base de tres categorías de países, que se integrarán tomando en cuenta sus características económico - estructurales. Dichos tratamientos serán aplicados en una determinada magnitud a los países de desarrollo intermedio y de manera más favorable a los países de menor desarrollo económico relativo.

· Multiplicidad - para posibilitar distintas formas de concertación entre los países miembros, en armonía con los objetivos y funciones del proceso de integración, utilizando todos los instrumentos que sean capaces de dinamizar y ampliar los mercados a nivel regional.

¿Cuáles son las funciones básicas de la ALADI?

Las funciones básicas de la Asociación son:

· La promoción y regulación del comercio recíproco;

· La complementación económica; y

· El desarrollo de las acciones de cooperación económica que coadyuven a la ampliación de los mercados.

EL ÁREA DE PREFERENCIAS ECONÓMICAS

Para el cumplimiento de las funciones básicas de la Asociación, el TM80 dispuso el establecimiento de un Área de Preferencias Económicas, compuesta por la Preferencia Arancelaria Regional (PAR), los Acuerdos de Alcance Regional (AAR) y los Acuerdos de Alcance Parcial (AAP).

1) Preferencia Arancelaria Regional (PAR)

En la búsqueda de la consolidación de un mercado común latinoamericano y en cumplimiento del Artículo 2 del Tratado de Montevideo 1980, los países miembros establecieron un área de preferencias económicas, en la cual la Preferencia Arancelaria Regional (PAR) que se otorgaría recíprocamente con respecto al arancel vigente para terceros países, constituiría el principal instrumento de alcance multilateral.

Prevista en el Artículo 5º del Tratado de Montevideo 1980, la PAR consiste en una reducción porcentual de los gravámenes aplicables a las importaciones desde terceros países, que los países miembros se otorgan recíprocamente sobre las importaciones de productos originarios de sus respectivos territorios. La PAR fue instituida por el Acuerdo de Alcance Regional Nº 4 (AR.PAR Nº 4).

La PAR actualmente con nivel básico de 20% se aplica en magnitudes diferentes según las tres categorías de países establecidas por la Resolución 6 del Consejo de Ministros (países de menor desarrollo económico relativo; países de desarrollo intermedio; demás países) y abarca el universo arancelario salvo una nómina de productos que cada país exceptúa del beneficio de dicha preferencia, cuya extensión también está relacionada con las tres categorías mencionadas precedentemente (1)
(1)
De conformidad con el artículo 8º del AR.PAR Nº 4, las listas de excepciones tendrán como límite máximo de su extensión, la siguiente cantidad de ítem de la Nomenclatura Arancelaria de la Asociación (NALADI, base NCCA): países de menor desarrollo económico relativo: 1.920 ítem; países de desarrollo intermedio: 960 ítem: y restantes países miembros: 480 ítem.

Magnitudes de la Preferencia Arancelaria Regional (PAR)
País receptor
Países de menor desarrollo económico relativo
Países de desarrollo intermedio
Restantes países
miembros
País otorgante
Países de menor desarrollo económico relativo
20
12
8
Países de desarrollo intermedio
28
20
12
Restantes países miembros
40
28
20